Las baterías de plomo-ácido, una vez llegan al final de su vida útil, tienen la consideración de un residuo. Según la Orden MAN/304/2002, que clasifica a los residuos en función de distintos criterios, las baterías de nuestros vehículos se les asigna el código “16 06 01* Baterias de Plomo”, considerándose además peligrosas por su composición.

Como con todos los residuos, la recogida y gestión de las mismas en los puntos de generación debe ser realizada a través de gestores autorizados por cada Comunidad Autónoma que darán al residuo de batería el tratamiento medioambiental correcto cumpliendo los requerimientos legales exigidos.

Estos gestores se encargan de la recogida desde los puntos de generación y su transporte hasta instalaciones intermedias (donde se almacenan temporalmente) y posterior envío final a plantas de tratamiento.

Para el transporte entre instalaciones de los residuos de batería se emplean contenedores homologados de plástico con el objetivo de evitar derrames del electrolito que se compone de una mezcla de agua con ácido sulfúrico disuelto en la proporción necesaria para el funcionamiento de la batería.

 

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